Facturas pendientes de pago

2 07 2009

deudaDice la LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público:

La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días  siguientes a la fecha de la expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, sin perjuicio del plazo especial establecido en el artículo 205.4, y, si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de sesenta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Cuando no proceda la expedición de certificación de obra y la fecha de recibo de la factura o solicitud de pago equivalente se preste a duda o sea anterior a la recepción de las mercancías o a la prestación de los servicios, el plazo de sesenta días se contará desde dicha fecha de recepción o prestación.

En el Ayuntamiento de Huesca el estado de la cuestión sobre facturas pendientes de pago desde hace más de 60 días se traduce en unos compromisos de 6.173.299,79 euros. Hay es nada. Más del 10% de la totalidad del presupuesto. Aquí teneis el desglose PagosPendientesJulio2009 Leer el resto de esta entrada »